El plan de seguridad y salud es el documento en el que cada contratista analiza, desarrolla y completa el estudio de seguridad y salud, o el estudio básico, según su propia manera de ejecutar la obra. Debe aprobarse antes del inicio de los trabajos y, una vez aprobado, se convierte en la referencia preventiva de la obra para todas las empresas que trabajan en ella.

Estudio, estudio básico y plan: tres documentos distintos
Es habitual confundirlos porque los tres tratan de la prevención de riesgos en la obra. La diferencia está en quién los redacta, en qué momento y con qué detalle. El estudio y el estudio básico pertenecen al proyecto y los encarga el promotor; el plan pertenece a la ejecución y lo redacta quien va a construir.
La lógica es sencilla: el proyecto anticipa los riesgos de la obra tal como está diseñada, y cada contratista explica después cómo va a controlarlos con sus métodos, sus equipos y su organización.
| Documento | Quién lo elabora | Cuándo | Contenido principal |
|---|---|---|---|
| Estudio de seguridad y salud | Técnico competente designado por el promotor, o el coordinador en fase de proyecto cuando lo hay | Durante la redacción del proyecto, del que forma parte | Memoria, pliego de condiciones particulares, planos, mediciones y presupuesto de las medidas preventivas |
| Estudio básico de seguridad y salud | Técnico competente designado por el promotor, o el coordinador en fase de proyecto cuando lo hay | Durante la redacción del proyecto, en las obras que no requieren estudio completo | Normas de seguridad aplicables, riesgos evitables y no evitables y medidas para controlarlos |
| Plan de seguridad y salud | Cada contratista | Antes del inicio de la obra, y actualizado durante su ejecución | Desarrollo del estudio o del estudio básico según el sistema de ejecución del contratista, con sus medidas alternativas justificadas |
Cuándo hace falta estudio y cuándo basta el estudio básico
La normativa de seguridad y salud en las obras de construcción obliga al promotor a que se elabore un estudio de seguridad y salud cuando se da alguno de los supuestos de la lista. Si no se da ninguno, el proyecto debe incluir al menos un estudio básico.
Conviene aclarar cuál corresponde antes de cerrar el proyecto, porque de ese documento parte después el plan del contratista y, en el caso del estudio completo, también el presupuesto de seguridad que se integra en el presupuesto general de la obra. Los supuestos que obligan al estudio completo son estos:
- Que el presupuesto de ejecución por contrata del proyecto alcance el umbral económico que fija la normativa.
- Que la duración estimada supere los 30 días laborables y en algún momento trabajen más de 20 personas a la vez.
- Que el volumen de mano de obra estimado, medido como la suma de los días de trabajo de todos los trabajadores, supere el límite fijado.
- Que se trate de obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas.
Quién redacta el plan y quién lo aprueba
El plan lo elabora cada contratista, es decir, cada empresa que asume ante el promotor el compromiso de ejecutar la obra o una parte de ella. Si el promotor contrata directamente a varias empresas, cada una presenta su plan. La normativa no exige a las subcontratas un plan propio, pero sí que reciban la parte del plan que les afecta.
En el plan, el contratista puede proponer medidas alternativas a las del estudio con su justificación técnica, siempre que no reduzcan los niveles de protección previstos. Si el plan desarrolla un estudio completo, esas alternativas deben ir valoradas económicamente y no pueden reducir el importe total previsto para seguridad.
La aprobación corresponde, antes del inicio de la obra, al coordinador de seguridad y salud durante la ejecución. Cuando no es necesario designar coordinador, aprueba el plan la dirección facultativa. En las obras de las Administraciones públicas el procedimiento cambia: el coordinador emite un informe y el plan se eleva para su aprobación a la Administración que adjudicó la obra.
Qué conviene que recoja un plan útil
La normativa define el plan como el instrumento básico para identificar y evaluar los riesgos de los puestos de trabajo de la obra y planificar la actividad preventiva. Para que sirva en el tajo y no se quede en un documento de archivo, suele organizarse alrededor de cómo se va a construir realmente:
- Descripción de la obra, de su entorno y de los accesos, con la organización de zonas de acopio, circulación y servicios para los trabajadores.
- Secuencia de fases y trabajos tal como la ha planificado el contratista, con los riesgos de cada una y las medidas para controlarlos.
- Protecciones colectivas, medios auxiliares como andamios o plataformas y equipos de trabajo previstos, con su montaje y revisión.
- Trabajos con riesgos especiales, que son los que exponen a los trabajadores a riesgos de especial gravedad, con sus medidas específicas.
- Organización preventiva del contratista y de sus subcontratas, con los responsables en obra.
- Medidas alternativas propuestas respecto al estudio, con su justificación técnica.
Cómo se modifica y se usa durante la obra
El plan no es un documento cerrado. El contratista puede modificarlo según avanza la obra, cambian los trabajos o surgen incidencias, pero cada modificación necesita la aprobación expresa de quien aprobó el plan inicial. Un cambio de método, como sustituir un andamio por plataformas elevadoras, debería traducirse en una modificación antes de aplicarlo.
El plan debe estar en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa y de quienes intervienen en la ejecución. Estos, junto con los responsables de prevención de las empresas y los representantes de los trabajadores, pueden presentar por escrito y de forma razonada sugerencias y alternativas.
Con las subcontratas, la ley que regula la subcontratación en el sector de la construcción exige que el libro de subcontratación recoja la fecha en que se entrega a cada subcontratista y autónomo la parte del plan que le afecta. Es una forma práctica de comprobar que nadie entra a trabajar sin conocer las medidas previstas para su trabajo.
Ejemplo práctico (ilustrativo)
En la construcción de una nave industrial, el proyecto incluye un estudio de seguridad y salud que prevé el montaje de la cubierta desde andamios perimetrales. La constructora adjudicataria prefiere trabajar con plataformas elevadoras y redes bajo la cubierta.
En su plan propone esa alternativa, justifica que el nivel de protección no disminuye y la valora económicamente sin reducir el importe previsto. El coordinador en ejecución revisa la propuesta, pide aclarar la secuencia de colocación de las redes y aprueba el plan antes del inicio.
Cuando entra la subcontrata de cubiertas, la constructora le entrega la parte del plan que la afecta y anota la fecha en el libro de subcontratación.
Lista de comprobación del plan de seguridad y salud
- Confirmar si el proyecto incluye estudio o estudio básico.
- Redactar el plan a partir de cómo se va a ejecutar realmente la obra.
- Justificar cualquier medida alternativa sin rebajar la protección prevista.
- Obtener la aprobación antes del inicio de los trabajos.
- Tener el plan disponible en la obra en todo momento.
- Tramitar una modificación aprobada antes de cambiar un método de trabajo.
- Entregar a cada subcontrata la parte que le afecta y anotar la fecha.
- Revisar el plan cuando cambie la fase o entren trabajos nuevos.
Preguntas frecuentes
¿Puede la constructora empezar la obra con el plan pendiente de aprobar?
La normativa establece que el plan debe aprobarse antes del inicio de la obra. Por eso conviene presentarlo con tiempo suficiente para que el coordinador o la dirección facultativa puedan revisarlo y pedir cambios. En obra pública hay que contar además con el trámite de aprobación por la Administración adjudicataria.
¿Cada subcontrata tiene que hacer su propio plan?
No. El plan lo elabora cada contratista, entendido como la empresa que contrata directamente con el promotor. Si el promotor contrata directamente a trabajadores autónomos, la normativa le considera contratista respecto de ellos, salvo en la obra o reparación que un particular encarga para su propia vivienda. Las subcontratas trabajan bajo el plan de su contratista, que debe entregarles la parte que les afecta. Si el promotor contrata directamente con varias empresas, cada una de ellas es contratista y presenta su plan.
¿Qué pasa si el plan no coincide con lo que se hace en obra?
Es una señal de que el plan necesita una modificación. El contratista debe proponerla y obtener la aprobación expresa de quien aprobó el plan antes de cambiar el método de trabajo. Un plan desfasado pierde su utilidad como referencia para las empresas y para quienes controlan la obra.
Fuentes
- Real Decreto 1627/1997, disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado (BOE)