El coordinador de seguridad y salud es el técnico competente que designa el promotor para coordinar la prevención de riesgos entre todos los que intervienen en una obra. Durante la ejecución es obligatorio cuando trabajan más de una empresa, una empresa con autónomos o varios autónomos, y debe designarse antes de empezar o en cuanto se dé esa situación.

Qué es el coordinador de seguridad y salud
En una obra trabajan a la vez o de forma sucesiva empresas distintas, cada una con sus propios riesgos y su propia organización preventiva. La prevención de riesgos laborales, es decir, el conjunto de medidas para evitar o reducir los daños a la salud de quienes trabajan, necesita entonces a alguien que mire la obra en conjunto. Esa es la función del coordinador en materia de seguridad y salud.
La figura procede de la normativa de seguridad y salud en las obras de construcción, que se aplica tanto a obras públicas como privadas. Esa normativa distingue dos momentos: la coordinación durante la elaboración del proyecto y la coordinación durante la ejecución de la obra. En los dos casos lo designa el promotor, que es la persona física o jurídica por cuenta de la cual se hace la obra.
La normativa de seguridad y salud en las obras habla de técnico competente. Para las obras de edificación, la LOE concreta que pueden ser coordinadores los arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos, de acuerdo con sus competencias y especialidades. En otros tipos de obra conviene revisar la habilitación concreta con el colegio profesional correspondiente antes de hacer el encargo.
Cuándo es obligatorio designarlo
La obligación no depende del tamaño ni del presupuesto de la obra, sino de cuántos agentes intervienen. Los supuestos son estos:
- Coordinador durante la elaboración del proyecto: cuando en la redacción del proyecto intervienen varios proyectistas, por ejemplo uno para la arquitectura y otro para las instalaciones o la estructura.
- Coordinador durante la ejecución: cuando en la obra interviene más de una empresa, una empresa y uno o varios trabajadores autónomos, o varios trabajadores autónomos.
- Momento de la designación en ejecución: antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate que se da alguna de esas circunstancias.
- Una misma persona: las dos coordinaciones, la de proyecto y la de ejecución, pueden recaer en el mismo técnico.
Coordinación en proyecto y coordinación en ejecución
Aunque reciben un nombre parecido, las dos coordinaciones trabajan en momentos distintos y con objetivos distintos. La de proyecto actúa sobre las decisiones de diseño y la de ejecución sobre el trabajo real en la obra.
Designar coordinador no libera al promotor de sus responsabilidades, y tampoco traslada al coordinador las obligaciones preventivas que cada empresa tiene con sus propios trabajadores.
| Aspecto | Coordinación durante el proyecto | Coordinación durante la ejecución |
|---|---|---|
| Cuándo es obligatoria | Cuando intervienen varios proyectistas | Cuando interviene más de una empresa, o empresa y autónomos, o varios autónomos |
| Momento en que actúa | Mientras se concibe y redacta el proyecto | Desde su designación, antes del inicio o en cuanto se den los supuestos, hasta el final de la obra |
| Tarea central | Que los proyectistas tengan en cuenta los principios de prevención al tomar decisiones constructivas y de plazo | Coordinar a contratistas, subcontratistas y autónomos en la aplicación de esos principios |
| Documento de referencia | El estudio o el estudio básico de seguridad y salud, que elabora o hace elaborar bajo su responsabilidad | El plan de seguridad y salud del contratista, que aprueba junto con sus modificaciones o, en obra pública, informa para que lo apruebe la Administración |
| Relación con la dirección facultativa | Trabaja con el equipo redactor del proyecto | Forma parte de la dirección facultativa |
Funciones del coordinador durante la ejecución de la obra
La normativa enumera las tareas del coordinador en fase de ejecución. Resumidas, son las siguientes:
- Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención cuando se toman decisiones técnicas y de organización para planificar trabajos simultáneos o sucesivos y al estimar cuánto van a durar.
- Coordinar las actividades de la obra para que contratistas, subcontratistas y autónomos apliquen esos principios de forma coherente y responsable.
- Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y las modificaciones que se introduzcan después.
- Organizar la coordinación de actividades empresariales, que es el intercambio de información e instrucciones entre empresas que comparten un mismo centro de trabajo.
- Coordinar las acciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
- Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
Relación con la dirección facultativa y con las empresas
La dirección facultativa es el técnico o los técnicos designados por el promotor para dirigir y controlar la ejecución de la obra. El coordinador en ejecución se define como un técnico integrado en ella, de modo que sus observaciones forman parte de la dirección técnica de la obra y no son una opinión externa.
Cuando no es obligatorio designar coordinador, porque solo interviene una empresa sin autónomos, la propia dirección facultativa asume la aprobación del plan de seguridad y salud y el control de accesos a la obra.
El coordinador también custodia el libro de incidencias, el registro previsto para el control y seguimiento del plan. Si él o cualquier otro miembro de la dirección facultativa observa un incumplimiento de las medidas de seguridad, debe advertir al contratista y dejar constancia en ese libro. Ante un riesgo grave e inminente puede ordenar la paralización de los tajos afectados o de toda la obra, y quien la ordena debe comunicarlo a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a los afectados.
El coordinador no sustituye a la organización preventiva de cada empresa ni a sus recursos preventivos, que son las personas que cada empresa destina a vigilar determinados trabajos. Su papel es que todas esas piezas encajen.
Ejemplo práctico (ilustrativo)
Una comunidad de propietarios encarga la rehabilitación de la fachada de su edificio. El proyecto lo redacta un único arquitecto y, en principio, la obra la ejecuta una sola constructora con sus propios trabajadores, así que no se designa coordinador y la dirección facultativa asume la aprobación del plan.
A mitad de la obra, la constructora decide subcontratar el montaje del andamio y la impermeabilización de la cornisa. En cuanto se constata que van a intervenir varias empresas, el promotor designa un coordinador en ejecución.
El coordinador revisa el plan de seguridad y salud vigente, pide al contratista que lo adapte a los nuevos trabajos y aprueba la modificación antes de que entren las subcontratas. Después organiza una primera reunión de coordinación de actividades empresariales y deja fijado quién puede acceder a la zona de andamio.
Lista de comprobación sobre el coordinador de seguridad y salud
- Contar cuántos proyectistas intervienen en el proyecto.
- Prever cuántas empresas y autónomos van a trabajar en la obra.
- Designar al coordinador en ejecución antes del inicio o en cuanto se den los supuestos.
- Dejar por escrito la designación y el alcance del encargo.
- Comprobar que el plan de seguridad y salud está aprobado antes de empezar.
- Tener el libro de incidencias en la obra y en poder de quien corresponde.
- Organizar la coordinación de actividades empresariales desde el primer día.
- Revisar la necesidad de coordinador cada vez que entra una empresa nueva.
Preguntas frecuentes
¿Una reforma pequeña necesita coordinador de seguridad y salud?
Depende de quién intervenga, no del tamaño. Si la obra está dentro del ámbito de la normativa de seguridad y salud en las obras de construcción y en ella trabajan más de una empresa, una empresa con autónomos o varios autónomos, el promotor debe designar coordinador en ejecución. En reformas es frecuente que entren varios oficios, por lo que el supuesto se da a menudo.
¿Quién designa y contrata al coordinador?
Lo designa el promotor. Puede tratarse de un técnico propio o de un profesional externo, y las condiciones del encargo, como honorarios, dedicación o frecuencia de visitas, dependen del contrato que se firme. La designación no exime al promotor de sus propias responsabilidades.
¿Qué ocurre si una segunda empresa entra cuando la obra ya ha empezado?
La normativa prevé que el coordinador en ejecución se designe antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate que interviene más de una empresa o autónomos. Si la obra arrancó con una sola empresa, la entrada de una subcontrata obliga a designarlo en ese momento, sin esperar a otra fase.
¿Puede el coordinador parar la obra?
Sí, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores. Además de parar los trabajos, debe advertir al contratista del incumplimiento y dejar constancia en el libro de incidencias. La paralización puede afectar a un tajo concreto o a toda la obra, y quien la ordena debe comunicarla a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a los contratistas y subcontratistas afectados y a los representantes de los trabajadores.
Fuentes
- Real Decreto 1627/1997, disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado (BOE)