El control de recepción de materiales es la comprobación de que los productos que llegan a la obra cumplen lo exigido en el proyecto antes de colocarlos. El Código Técnico de la Edificación distingue tres tipos de control: el de la documentación de los suministros, el control mediante distintivos de calidad y el control mediante ensayos. La aceptación corresponde al director de ejecución de la obra.

Ladrillos apilados en obra vistos de cerca

Qué es el control de recepción y qué exige el CTE

El Código Técnico de la Edificación (CTE) es la norma que fija las exigencias básicas de calidad de los edificios. Dentro de las condiciones de ejecución de las obras distingue tres controles: el de recepción de productos, equipos y sistemas, el de ejecución de cada unidad de obra y el de la obra terminada. Este artículo trata del primero.

Según el CTE, el control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de lo suministrado satisfacen lo exigido en el proyecto. La referencia, por tanto, no es una calidad genérica, sino lo que el proyecto pide para cada producto: su resistencia, su comportamiento frente al fuego, su aislamiento o cualquier otra prestación especificada.

Un material que se acepta sin comprobar y se coloca es mucho más difícil de corregir que uno rechazado en la descarga. Por eso el control de recepción es el primer filtro de la calidad de la obra.

Los tres tipos de control de recepción

Los tres tipos de control no son alternativos: el control documental se aplica siempre, y los otros dos se añaden según el producto, lo que pida el proyecto y lo que ordene la dirección facultativa.

Tipos de control de recepción de productos previstos en el CTE
Tipo de controlEn qué consisteQuién interviene
Control de la documentación de los suministrosRevisar los documentos de origen, la hoja de suministro y el etiquetado, el certificado de garantía del fabricante y los documentos de conformidad exigidos, incluido el marcado CE cuando corresponda.El suministrador entrega los documentos al constructor, que los facilita al director de ejecución.
Control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidadComprobar los distintivos de calidad que ostenta el producto o, en productos innovadores, la evaluación técnica de su idoneidad para el uso previsto.El suministrador aporta la documentación y el director de ejecución verifica si basta para aceptar el producto.
Control mediante ensayosEnsayar muestras del producto cuando lo exige la reglamentación, lo especifica el proyecto o lo ordena la dirección facultativa.Se sigue el criterio del proyecto o de la dirección facultativa sobre muestreo, ensayos y aceptación; suelen intervenir laboratorios de ensayo.

Marcado CE y documentación de cada suministro

El marcado CE indica que el fabricante ha declarado las prestaciones de su producto conforme a la normativa europea de productos de construcción. Va acompañado de una declaración de prestaciones, o de una declaración de prestaciones y de conformidad en los productos que ya siguen el nuevo reglamento europeo, que convive con el anterior durante un periodo transitorio. En ese documento el fabricante expresa el valor o la clase de cada característica esencial del producto.

El marcado CE no significa que el producto sirva para cualquier obra. Significa que sus prestaciones están declaradas de una forma armonizada. Quien recibe el material debe comparar esos valores con los que exige el proyecto: un aislante con marcado CE puede no alcanzar la conductividad térmica especificada, o un ladrillo puede no tener la resistencia prevista.

En cada entrega conviene comprobar al menos estos puntos:

  • Que el albarán u hoja de suministro coincide con el pedido en producto, cantidad, tipo y referencia.
  • Que el etiquetado identifica el producto, el fabricante y el lote.
  • Que existe declaración de prestaciones o documento equivalente y que sus valores cumplen el proyecto.
  • Que el producto llega en buen estado, sin roturas, humedades ni deformaciones.
  • Que se puede almacenar en la obra en las condiciones que indica el fabricante.

Quién decide la aceptación o el rechazo

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) atribuye al director de ejecución de la obra la verificación de la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando los ensayos y pruebas que sean precisos. El CTE añade que es este técnico quien verifica si la documentación de los distintivos de calidad o de las evaluaciones técnicas de idoneidad basta para aceptar los productos amparados por ella.

La constructora tiene un papel activo. Debe recabar de los suministradores la documentación de los productos, con sus instrucciones de uso y mantenimiento y sus garantías, y facilitarla a la dirección facultativa. En la práctica, el encargado o el responsable de calidad hacen la primera revisión en la descarga y apartan lo que no cumple.

Cuando un producto no supera el control, lo habitual es identificarlo, separarlo para que no se coloque por error, comunicarlo al suministrador y dejar constancia de la decisión. Si ya se había colocado, el caso pasa a tratarse como una no conformidad con su propia acción correctora.

Registros: qué archivar y hasta cuándo

El CTE prevé que el director de ejecución recopile la documentación del control realizado y compruebe que es conforme con el proyecto. Al terminar la obra, esa documentación se deposita en el colegio profesional correspondiente o en la Administración competente.

Para que el archivo sea útil conviene relacionar cada suministro con el lugar donde se ha colocado. Así, si aparece un problema con un lote, se puede saber qué zonas de la obra están afectadas. Un registro práctico de recepción incluye:

  1. Fecha de llegada, suministrador y número de albarán.
  2. Producto, tipo, lote y cantidad recibida.
  3. Documentación revisada y resultado de la comprobación.
  4. Ensayos ordenados, laboratorio y resultado, si los hay.
  5. Decisión: aceptado, aceptado con condiciones o rechazado, con la firma de quien decide.
  6. Zona o elemento de la obra en el que se coloca el material.

Ejemplo práctico (ilustrativo)

En la obra de un colegio llega un camión de paneles de aislamiento para la fachada ventilada. El encargado comprueba que el albarán coincide con el pedido y fotografía las etiquetas de los palés con el número de lote.

Al revisar la declaración de prestaciones, el responsable de calidad ve que el espesor es el pedido, pero la clase de reacción al fuego no coincide con la que exige el proyecto para esa fachada. Aparta los palés y avisa al director de ejecución.

El director de ejecución confirma el rechazo y lo deja anotado. El suministrador retira el material y envía el producto correcto, que se registra con su nuevo lote y la zona de fachada donde se coloca.

Lista de comprobación en la recepción de un material

  • Albarán revisado frente al pedido.
  • Etiquetado con producto, fabricante y lote.
  • Marcado CE y declaración de prestaciones cuando corresponda.
  • Prestaciones declaradas comparadas con las del proyecto.
  • Distintivos de calidad o evaluaciones de idoneidad, si se exigen.
  • Ensayos ordenados y resultados recibidos antes de colocar, si procede.
  • Decisión de aceptación o rechazo registrada y firmada.
  • Material rechazado identificado y separado del resto.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio ensayar todos los materiales que llegan a la obra?

No. El CTE prevé ensayos en determinados casos: cuando los exige la reglamentación aplicable a un producto, cuando los especifica el proyecto o cuando los ordena la dirección facultativa. Para muchos productos el control documental y, en su caso, los distintivos de calidad son suficientes.

¿Basta con que un producto tenga marcado CE para aceptarlo?

No basta por sí solo. El marcado CE acredita que el fabricante ha declarado las prestaciones del producto, pero hay que comprobar que esas prestaciones cumplen lo exigido en el proyecto para el uso concreto. Además, no todos los productos de construcción llevan marcado CE.

¿Quién paga los ensayos de control de recepción?

Depende del contrato y del tipo de obra. En muchos proyectos existe un presupuesto específico de control de calidad, y el contrato con la constructora o con la promotora indica quién contrata y paga el laboratorio. Conviene dejarlo claro antes de empezar.

Fuentes