El director de obra dirige el desarrollo de la obra para que responda al proyecto, a la licencia y al contrato, mientras que el director de ejecución de obra dirige la ejecución material y controla la calidad y la cantidad de lo construido. Los dos forman la dirección facultativa que describe la LOE; en un edificio de viviendas, el primero ha de ser arquitecto y el segundo, arquitecto técnico.

Dos técnicos con casco revisan unas placas prefabricadas en obra con un portapapeles

Qué dirige cada uno: el proyecto frente a la ejecución material

Una forma práctica de separar los dos papeles es pensar en la pregunta que responde cada uno. El director de obra vela por que se construya lo proyectado y por que el edificio sirva para el fin previsto. El director de ejecución de obra, conocido como DEO, vela por que se construya bien: con los productos exigidos, con una ejecución correcta de cada unidad y con una medición fiable de lo realizado.

La LOE atribuye al director de obra la dirección del desarrollo de la obra en lo técnico, lo estético, lo urbanístico y lo medioambiental, conforme al proyecto, la licencia y el contrato. En la práctica, eso supone verificar el replanteo y que la cimentación y la estructura proyectadas encajan con el terreno real, resolver las contingencias, aclarar cómo debe interpretarse el proyecto y redactar las modificaciones que exija la marcha de la obra, a petición de la promotora o con su conformidad.

Al DEO le corresponde la ejecución material y su control, tanto cualitativo como cuantitativo. Verifica la recepción en obra de los productos de construcción y ordena los ensayos y pruebas que hagan falta; comprueba replanteos, materiales y la disposición de elementos constructivos e instalaciones, y elabora las certificaciones parciales y la liquidación final. Actúa conforme al proyecto y a las instrucciones del director de obra, lo que no le convierte en un ayudante: ambos son agentes de la edificación con obligaciones propias.

Quién puede ser cada uno según el uso del edificio

La titulación exigida depende del uso principal del edificio, y la LOE aplica los mismos criterios del director de obra a las intervenciones en edificios existentes y protegidos que considera edificación. Si el encargo lo recibe una sociedad, esta debe designar a la persona con la titulación habilitante que asumirá cada función.

La ley agrupa los edificios en tres bloques y, para cada uno, indica qué profesionales pueden dirigir la obra y la ejecución:

  • Usos administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural: el director de obra ha de ser arquitecto y el director de ejecución, arquitecto técnico.
  • Usos aeronáutico, agropecuario, energético, hidráulico, minero, de telecomunicaciones, de transporte, forestal, industrial, naval, de saneamiento e higiene y accesorios a obras de ingeniería: el director de obra será, con carácter general, ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto, según las competencias de cada profesión. Si dirige un arquitecto, el director de ejecución ha de ser arquitecto técnico; si no, puede ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
  • Resto de edificaciones: el director de obra puede ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según sus especialidades y competencias, y la dirección de ejecución puede recaer indistintamente en cualquiera de esas cuatro titulaciones.

Director de obra y director de ejecución, punto por punto

La tabla resume el reparto en un edificio de viviendas, a partir de lo que establecen la LOE y la Parte I del Código Técnico de la Edificación (CTE).

Reparto de funciones entre director de obra y director de ejecución de obra en edificación residencial
AspectoDirector de obraDirector de ejecución de obra (DEO)
Objeto de su direcciónDesarrollo de la obra en lo técnico, estético, urbanístico y medioambientalEjecución material y control cualitativo y cuantitativo de lo edificado
ReplanteoVerifica el replanteo y la adecuación de cimentación y estructura al terrenoComprueba los replanteos de las unidades de obra a medida que se ejecutan
Productos y ensayosDecide si un resultado desfavorable obliga a cambiar la solución proyectadaControla la recepción de productos, revisa su documentación y ordena ensayos y pruebas
Cambios sobre el proyectoElabora las modificaciones, a petición de la promotora o con su conformidadDirige la ejecución material de lo modificado y controla su calidad
Certificaciones y liquidaciónLas conformaLas elabora y las firma
Libro de Órdenes y AsistenciasInstrucciones para la correcta interpretación del proyectoInstrucciones sobre la ejecución y su control
Certificado final de obraCertifica que el edificio se ha realizado bajo su dirección, conforme al proyecto, y está dispuesto para su usoCertifica haber dirigido la ejecución material y controlado la construcción y la calidad de lo edificado
Documentación al terminarElabora y firma la documentación de la obra ejecutada y deposita la del seguimientoRecopila la documentación del control realizado, la aporta y la deposita
Titulación en un edificio de viviendasArquitectoArquitecto técnico

Cómo se relacionan con la constructora y el jefe de obra

La constructora se compromete ante la promotora a ejecutar la obra conforme al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones de ambos directores. Su interlocutor técnico es el jefe de obra, al que designa para representarla. La constructora firma también el acta de replanteo o de comienzo y, al final, el acta de recepción con la promotora.

Los documentos también se reparten. La constructora reúne la documentación de los suministros, como hojas de suministro, etiquetado y certificados del fabricante, y se la facilita al DEO, que la revisa dentro del control de recepción. Un error frecuente es dar por aprobada una modificación porque el DEO aceptó un producto distinto a pie de obra: aceptar un producto no equivale a modificar el proyecto.

En el día a día, saber a quién dirigir cada consulta ahorra idas y vueltas. Como orientación:

  • Al director de obra, las dudas de proyecto: planos que se contradicen, soluciones sin definir, cambios de distribución, de acabados vistos o de sistema constructivo, y todo lo que pueda afectar a la licencia.
  • Al DEO, las dudas de ejecución: tolerancias, orden de los trabajos, aceptación de un producto recibido, ensayos pendientes y revisión de unidades antes de que queden ocultas.
  • A los dos, cuando una decisión de ejecución acaba afectando al proyecto, como un producto alternativo que cambia el aspecto de una fachada.

La dirección facultativa como equipo: dónde actúan juntos

Aunque cada uno responde de lo suyo, hay momentos en los que la dirección facultativa actúa como un solo órgano. Los dos firman el acta de replanteo o de comienzo de obra y comparten el Libro de Órdenes y Asistencias, donde cada uno consigna las instrucciones propias de sus funciones. El CTE les encarga, según sus respectivas competencias, el control de recepción de productos, el control de ejecución y el control de la obra terminada.

Al final firman el certificado final de obra, al que se unen como anejos la descripción de las modificaciones introducidas con la conformidad de la promotora y la relación de los controles realizados con sus resultados. Ese certificado se adjunta al acta de recepción, que firman al menos la promotora y la constructora. Después, el director de obra deposita la documentación del seguimiento y el DEO la del control, en el colegio profesional correspondiente o en la Administración competente.

Lo que más complica este trabajo conjunto es la falta de coordinación: visitas por separado, instrucciones que se contradicen o modificaciones que el DEO conoce tarde. Ayuda acordar visitas conjuntas en los hitos importantes y mantener una sola lista de puntos abiertos.

Ejemplo práctico (ilustrativo): un ladrillo cara vista que no llega a tiempo

Un edificio de viviendas en fase de cerramientos. El proveedor del ladrillo cara vista anuncia un retraso de varias semanas y la constructora propone otra pieza, de otro fabricante y con tono y textura parecidos. El jefe de obra lo plantea primero al DEO, con quien revisa habitualmente los suministros.

El DEO estudia la documentación de la pieza alternativa y comprueba que cumple las características que exige el proyecto, pero advierte que el cambio afecta a la imagen de la fachada y que no le corresponde decidirlo. Lo traslada al director de obra, que pide levantar un panel de muestra junto a un tramo ya ejecutado.

Tras verlo, el director de obra acepta el cambio con la conformidad de la promotora y lo consigna en el Libro de Órdenes y Asistencias. El DEO organiza el control de recepción de los nuevos lotes y vigila los primeros paños. El cambio queda anotado para la descripción de modificaciones que acompañará al certificado final de obra.

Qué aclarar con la dirección facultativa al empezar la obra

  • Quién es el director de obra y quién el DEO, con qué titulación, y si una misma persona asume ambas funciones porque su titulación lo permite.
  • Si otros técnicos dirigen proyectos parciales, como los de instalaciones, bajo la coordinación del director de obra.
  • A quién se dirigen las dudas de proyecto y a quién las de ejecución, y por qué medio.
  • Qué documentación de los suministros espera recibir el DEO y en qué momento.
  • Qué unidades quiere revisar la dirección facultativa antes de que queden ocultas y con cuánta antelación hay que avisar.
  • Cómo se tramita una modificación: quién la propone, quién la redacta y cómo se recoge la conformidad de la promotora.

Preguntas frecuentes

¿Puede una misma persona ser director de obra y director de ejecución?

La LOE lo contempla cuando su titulación la habilita para ambas funciones; en ese caso, el director de obra asume también las obligaciones del director de ejecución. En edificios de viviendas y en el resto de usos del primer bloque no es posible, porque la ley exige arquitecto para un papel y arquitecto técnico para el otro. Ante un caso dudoso, consulta al colegio profesional.

¿Puede un arquitecto técnico ser director de obra?

En algunos casos, sí. La LOE lo admite en las edificaciones del tercer bloque, las de usos no incluidos en los dos primeros, según las competencias de cada profesión. En cambio, en edificios residenciales, administrativos, sanitarios, religiosos, docentes o culturales que requieren proyecto, la dirección de obra corresponde a un arquitecto.

¿Quién decide si se cambia un material previsto en el proyecto?

Si el cambio afecta al proyecto, ya sea por prestaciones, por aspecto o por compatibilidad con otras soluciones, decide el director de obra, con la conformidad de la promotora. El DEO comprueba que el producto que llega a obra cumple lo exigido y controla su recepción y su puesta en obra. Conviene plantear el cambio a los dos y dejar constancia escrita de la decisión.

¿Quién prepara las certificaciones de obra?

Según la LOE, el director de ejecución de obra elabora y firma las certificaciones parciales y la liquidación final, y el director de obra las conforma. En la práctica, la constructora suele presentar su propuesta de medición y el DEO la contrasta con lo ejecutado antes de certificar. La valoración y la periodicidad dependen del contrato.

Fuentes